¿Dispones de calefacción individual? Pues si eres de esos con calefacción central y contador individual, esto te interesa. Y es que, la Directiva europea sobre eficiencia energética 2012/27/UE ha reformado la normativa sobre su uso y gestión en 2017.
- Contadores
- Facturación
- Coste de acceso a la información sobre medición
- Facturación
- Régimen de sanciones en caso de incumplimiento de la norma
Nueva regulación para la calefacción individual
Artículo 9: calefacción individual
- Sea técnicamente posible,
- Financieramente razonable
- Proporcionado en relación con el ahorro potencial de energía
De esta forma, los clientes finales de electricidad, gas natural, calefacción urbana, refrigeración urbana y agua caliente sanitaria podrán ver exactamente el consumo real de energía.
- Se sustituya un contador existente. Salvo que sea técnicamente imposible o no resulte rentable en comparación con el ahorro potencial estimado a largo plazo
- Se realice una nueva conexión. Tanto en un edificio nuevo o en uno que sufre importantes reformas, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2010/31/UE.
Obligatoriedad Estados Miembros
- Los sistemas de medición deberán facilitar a los clientes finales información sobre la hora exacta de utilización de los sistemas de calefacción y climatización y de que se tengan plenamente en cuenta los objetivos de eficiencia energética y los beneficios al cliente final al establecer las funciones mínimas de los contadores
- Los contadores inteligentes y la transmisión de sus datos deberán ser seguros, y de la misma forma debe asegurarse la privacidad de los clientes finales conforme a la legislación en materia de protección de datos y de intimidad personal.
- En el caso de la electricidad, y a petición del cliente final, se exigirá a los operadores de los contadores que se aseguren de que estos aparatos puedan dar cuenta de la electricidad vertida a la red a partir de las instalaciones del cliente.
- Cuando los clientes finales lo soliciten, se les deberá facilitar información exacta sobre la entrada y salida de electricidad a los contadores en un formato comprensible y que les permita comparar ofertas en condiciones de igualdad.
- Los clientes deberán ser asesorados e informados en el momento de la instalación de los contadores inteligentes, especialmente sobre su potencial en relación con la gestión de la lectura de los contadores y el seguimiento del consumo energético.
Artículo 10: calefacción individual
Cuando los clientes no dispongan de contadores inteligentes, los operadores, distribuidores, empresas de venta de energía… deberán garantizar una facturación precisa en base a una lectura real, bien facilitada por el propio cliente o bien estimada por el proveedor si el cliente no facilita el consumo en un periodo estimado de tiempo.
- Datos acumulados correspondientes como mínimo a los tres años anteriores o bien al período abierto al iniciarse el contrato de suministro. Los datos se corresponderán con los intervalos en los que se ha presentado información frecuente sobre facturación
- Información pormenorizada en función del tiempo de utilización diario, semanal, mensual y anual
Artículo 11: calefacción individual
- Los clientes finales recibirán de forma gratuita sus facturas de consumo de energía y la información al respecto.
- El reparto de los costes del consumo individual de calefacción y refrigeración en los edificios de apartamentos o polivalentes, se realizará de forma no lucrativa.